El Tribunal Constitucional emitió una sentencia el 29 de noviembre en la que se pronuncia sobre las notificaciones electrónicas realizadas por la Agencia Tributaria. Según esta sentencia, la Agencia Tributaria ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva mediante su sistema de notificaciones telemáticas. A partir de ahora, el departamento dirigido por María Jesús Montero deberá utilizar un canal alternativo si el contribuyente no accede a su buzón digital.
El caso concreto que se analizó en la sentencia fue el siguiente: la Agencia Tributaria había realizado requerimientos a una empresa en relación con su declaración de IVA del año 2012. A pesar de que en la actualidad estamos familiarizados con las notificaciones electrónicas, hace 8 años no era una práctica muy extendida. La empresa en cuestión no accedió al buzón expresamente diseñado para las notificaciones electrónicas y, por lo tanto, no pudo ver ni atender el requerimiento de documentación. A pesar de ello, Hacienda consideró que la notificación había sido correctamente realizada y continuó con el procedimiento, lo que llevó a la empresa a tener que abonar más de 50.000 euros debido a la comprobación efectuada.
El Tribunal Constitucional concluyó que, aunque la empresa estaba obligada a recibir las comunicaciones por vía electrónica, la Agencia Tributaria no empleó formas alternativas de comunicación para advertir a la empresa de la existencia del procedimiento de comprobación del IVA. Por lo tanto, se estimó la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.
En resumen, esta sentencia establece que la Agencia Tributaria debe ser más cuidadosa al notificar electrónicamente a los contribuyentes y, en caso de que no accedan al buzón digital, utilizar canales alternativos para garantizar su derecho a la información.
Una buena noticia que se espera que se repita.






